sábado, 26 de noviembre de 2016

Turquía: 375 ONG's cerradas por decreto


Fuerzas de seguridad patrullan en las calles de Turquía
Las autoridades turcas firmaron el 22 de noviembre de 2016 un decreto ejecutivo, por el que se ordena el cierre permanente de 375 asociaciones. Continúa la gran purga de la sociedad civil turca, en un intento de reducir al silencio cualquier voz crítica, denuncia en un comunicado Amnistía Internacional (AI).

La medida, que forma parte de las aprobadas en el marco del estado de urgencia en que actualmente se encuentra el país, afecta a varias asociaciones de abogados que trabajan contra la tortura, a organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres que ofrecen alojamiento a víctimas de la violencia doméstica, a organizaciones de ayuda humanitaria que ofrecen ayuda a los refugiados y a los desplazados en el interior del país, así como a la principal organización de defensa de la infancia en Turquía.

Ya el pasado 11 de noviembre, el ministerio del Interior del gobierno ultraconservador de Erdogán, había anunciado la suspensión de las actividades de 370 ONG en 39 provincias, en aplicación del artículo 11 de la Ley del estado de urgencia, con el pretexto de mantener la “seguridad y el orden públicos”; desde entonces, los gobiernos provinciales han cerrado, sin preaviso, decenas de locales de organizaciones no gubernamentales. “Estas suspensiones arbitrarias -estima AI- violan los derechos de libertad de expresión y asociación, y no pueden justificarse ni siquiera por el estado de urgencia”.

Para el ministerio del Interior turco, “de las 370 ONG afectadas por la medida, 153 tienen presuntas relaciones con la organización terrorista de Fethullah Gülen (FETO), 190 con el Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) y la Unión de Comunidades del Kurdistán, ambos prohibidos, 19 con el grupo izquierdista armado Partido-Frente Revolucionario de Liberación del Pueblo (DHKP-C) y 8 con el que se hace llamar Estado Islámico”. Contra esta medida gubernamental no cabe recurso alguno.

Entre las ONG cuyas actividades se han suspendido figuran la Asociación de Abogados Progresistas (ÇHD) y la Asociación de Abogados por la Libertad (ÖHD), cuyos miembros defienden a víctimas de tortura y otras formas de malos tratos, así como la Asociación de Mujeres Van (VAKAD), que ayuda a las mujeres que huyen de la violencia familiar, y la asociación Los niños en el Programa (Gündem Çocuk). Otra organización afectada es la asociación Sarmaşık, que proporciona alimentos y da clases a 32.000 personas en Diyarbakır (en el sudeste de Turquía). Según las informaciones de que dispone AI, ya han quedado suspendidas las actividades de más de 70 ONG incluidas en la lista ministerial.

Un representante de Sarmaşık ha dicho a AI: «Nuestra asociación provee de alimentos a 32.000 personas cada mes. Esas familias tienen tantas necesidades que a veces podrían no llegar al día siguiente; mucho menos quedarse sin nuestra ayuda en los próximos meses. Ya hemos advertidos a las autoridades de que las personas a las que ayudamos son extremadamente frágiles; a pesar de todo han cerrado nuestro local y metido los víveres en un depósito, lo que no puede calificarse más que de decisión cruel”.

En los mismos términos se han expresado representantes de Gündem Çocuk, que defiende los derechos de la infancia, añadiendo que «hace un llamamiento a la solidaridad nacional e internacional para que salga a la luz la incidencia que esta decisión va a tener sobre las personas a las que ayudamos”.

El decreto del ministerio del Interior se produce en un contexto de represión masiva dirigida contra todas las formas de contestación al gobierno, y que incluye e cierre de medios de comunicación a gran escala, y el encarcelamiento de periodistas y miembros de la oposición, defensores de los derechos humanos y militantes de partidos, como consecuencia del intento de golpe de estado del 15 de julio pasado, y la instauración del Estado de urgencia, el 21 del mismo mes.

La gran purga en cifras:

A fecha de hoy, 25 de noviembre de 2016, en Turquía hay:

121 periodistas encarcelados

167 medios de comunicación cerrados

2.500 periodistas que han perdido su trabajo

7.000 jueces cesados en sus cargos

49.000 profesores suspendidos en sus funciones

24 alcaldes kurdos

Decenas de miles de personas detenidas arbitrariamente

Los motivos esgrimidos por las autoridades turcas son siempre los mismos: pertenecer o relacionarse presuntamente con organizaciones calificadas de terroristas: el movimiento “gülenista”, acusado de organizar el intento fallido de golpe de estado, o el grupo armado kurdo PKK. La purga ha llegado a todos los estratos de la oposición, creando un clima de terror generalizado.

Nueva violación del derecho internacional

Turquía está obligada a garantizar el derecho a la libertad de expresión, que engloba el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, garantizado por el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el artículo 10 del Convenio de salvaguarda de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (CEDH), y a hacer respetar el derecho a la libertad de asociación en los términos fijados en el artículo 22 del PIDCP y el artículo 11 de la CEDH. Las únicas restricciones permitidas al ejercicio de estos derechos son las manifiestamente necesarias para la protección de la seguridad nacional y el orden público, la salud pública, las buenas costumbres y los derechos de otros, y deben ser siempre proporcionadas con el objetivo declarado; además, deben prohibir la apología de la guerra y el odio, que constituyen incitaciones para atentar contra personas.

Aunque como vemos es posible derogar los derechos y las libertades de expresión y asociación en circunstancias excepcionales y de manera temporal, el Comité de Derechos Humanos ha establecido que todas las medidas derogatorias tomadas en el estado de urgencia deben inscribirse estrictamente en los límites impuestos por la situación, lo que es el reflejo del principio de proporcionalidad que debe aplicarse en los casos de derogación o restricción, y siempre que se trate de medidas “manifiestamente necesarias”.

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